El Presidente de la Corte Suprema de Belice declaró que la tenencia tradicional de la tierra crea derechos propietarios que son protegidos por la Constitución de Belice.
El fallo establece que los Mayas tienen el derecho de propiedad colectivo sobre los territorios que ocupan y por consiguiente tienen derecho a ejercer sus derechos de autodeterminación en esos territorios.
La decisión se adoptó el 18 de octubre en relación al casos de las comunidades mayas: Conejo de Belice y Santa Cruz.
En el fallo se afirma que el gobierno de Belice está obligado, no solamente por la Constitución sino también por el derecho internacional consuetudinario incluyendo la reciente Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas - a respetar y proteger los derechos tradicionales de los Maya sobre sus tierras.
La decisión judicial reconoce la estrecha relación entre el pueblo Maya y sus tierras, de las que depende Maya por su vida física y cultural.
Si el gobierno no protege esa relación el gobierno violaría también los derechos constitucionales a la vida, a la libertad, a la seguridad, y la protección de la ley, establece la sentencia.
La lectura en voz alta del fallo requirió de tres horas y media de duración y admite el pedido de las comunidades.
El gobierno de Belice no dio a conocer en los medios de comunicación ni en la corte, donde tampoco ejerció su defensa.
El periódico Amandala (Poder al Pueblo), de mayor circulación en Belice, celebró el dictamen judicial y anunció que espera que el gobierno respete la decisión de la Corte Suprema.
Belice es un pequeño país en América Central, ribereño del Mar Caribe, que limita con México al norte y con Guatemala al oeste y al sur.
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Los pueblos mayas del sur de Belice han sufrido una historia de colonización y continúan siendo despojados de sus derechos humanos, particularmente en relación con las tierras y recursos naturales que tradicionalmente usan y ocupan. Acciones recientes del gobierno de Belice han fomentado la desposesión por parte de terceros, la explotación forestal y el desarrollo petrolero en las tierras tradicionales de los pueblos indígenas, amenazando a los pueblos mayas y el medioambiente natural del cual dependen su cultura y sobrevivencia.
El 3 de abril de 2007, las comunidades mayas de Conejo y Santa Cruz presentaron dos denuncias ante la Corte Suprema en contra el gobierno de Belice. Las comunidades alegan que el procurador general de Belice y el Ministerio de Recursos Naturales y Medioambiente violan a los derechos constitucionales de los pueblos maya al no reconocer, proteger y respetar los derechos consuetudinarios de la tierra de los pueblos mayas.
El profesor S. James Anaya y estudiantes del Programa de Derecho y Políticas de los Pueblos Indígenas (Programa IPLP) trabajaron con la abogada local Antoinette Moore, las comunidades de Conejo y Santa Cruz y organizaciones mayas desarrollando la estrategia y documentos legales para los casos. Participaron en una conferencia de prensa anunciando la presentación de las denuncias, junto con más que 300 comunitarios mayas quienes viajaron hasta la ciudad de Belice para demostrar su apoyo.
Los casos consolidados fueron presentados ante la Corte Suprema de Belice, del 18 al 22 de junio de 2007, a través de su presidente Abdulai Conteh. Las comunidades de Conejo y Santa Cruz tuvieron como representante a Antoinette Moore, una abogada prominente de derechos humanos en Belice. El profesor S. James Anaya atestiguó sobre los derechos de propiedad de los pueblos indígenas en el derecho internacional y el derecho consuetudinario. Estudiantes y personal del Programa IPLP participaron en todos los aspectos de la preparación del caso, incluso la redacción de documentos legales, la obtención de declaraciones y la preparación de testigos. Para una descripción de la preparación del juicio, haga clic aquí (en inglés).
Entre otros asuntos, las partes pidieron a la Corte determinar si los miembros de las comunidades de Conejo y Santa Cruz tienen intereses basados en su derecho consuetudinario a la tierra, y si estos intereses constituyen propiedad de acuerdo con el sentido de la Constitución de Belice. Para un listado completo de los asuntos acordados por las partes, haga clic aquí (en inglés).
En su informe a la corte las comunidades argumentaron que los derechos de propiedad de los mayas, así como otras formas de propiedad, son protegidos por la Constitución de Belice en contra de todo trato discriminatorio. Declararon que el gobierno, al no reconocer, respetar y proteger los derechos a la tierra de los demandantes mayas derivados de sus propias costumbres y tradiciones, viola el derecho a la propiedad; el derecho a la igualdad; y el derecho a la vida, libertad, seguridad de la persona y protección de la ley.
Las comunidades mayas de Conejo y Santa Cruz declararon, además, que el gobierno de Belice tiene una obligación especial de cuidar a los pueblos indígenas mayas y, sin embargo, no solo no ha ofrecido protección legal alguna a sus derechos consuetudinarios a la tierra, sino que sigue violando estos derechos a través de sus programas de parcelación de tierras comunales mayas y la explotación de recursos naturales dentro de sus tierras tradicionales.
Las denuncias fueron apoyados por declaraciones presentadas por la Alianza de Líderes Maya; miembros de las comunidades de Conejo y Santa Cruz; y expertos antropólogos, historiadores y académicos legales.
El gobierno de Belice, representado por una abogada del Ministerio de Recursos Naturales, alega que los mayas no tienen título consuetudinario alguno respecto de sus tierras porque cualquier derecho que hubieran podido tener ha quedado extinguido por las concesiones de tierra otorgadas por el gobierno bajo las leyes vigentes desde 1872. El gobierno sostiene que los mayas no tienen derechos consuetudinarios a la tierra y niega que los derechos constitucionales de los mayas hayan sido violados.
Si la acción legal tiene éxito, sentaría un precedente que obligaría el gobierno a respetar los derechos de los mayas a sus tierras tradicionales en Belice. Las comunidades de Conejo y Santa Cruz pidieron a la Corte que ordene al gobierno a delimitar, demarcar y titular las tierras tradicionales de Conejo y Santa Cruz, y a desarrollar un esquema para la demarcación y titulación de las tierras comunales indígenas. Como parte de este proceso, los partidos tendrían que desarrollar un mecanismo para replicar el proceso para todas las comunidades mayas en forma de reformas legislativas y administrativas.
La Corte no indicó cuándo dictará sentencia, pero se espera que esto suceda después del receso de la Corte Suprema, es decir, en septiembre 2007.
Antecedentes del litigio nacional
El litigio actual es la continuación de un esfuerzo fallido anterior por parte de los pueblos mayas de Belice de solicitar al sistema judicial domestico la declaración de sus derechos a las tierras tradicionales. A finales de 1996, el Toledo Maya Cultural Council (TMCC), representando 37 comunidades mayas, presentó una petición contra el gobierno ante la Corte Suprema de Justicia.
La petición cuestionaba la constitucionalidad de las acciones del gobierno y, específicamente, buscaba una declaración de los derechos de los pueblos mayas sobre sus tierras y recursos naturales tradicionales. La acción fue presentada después de que el Ministerio de Recursos Naturales diera a dos compañías internacionales concesiones para explotar más de 500,000 acres de bosque en el distrito de Toledo, dentro de las tierras tradicionales maya. La teoría legal del caso fue presentada en un reporte de expertos escrito por el profesor Anaya y presentado ante la Corte junto con reportes de expertos sobre la historia y etnografía mayas.
Varios años después de que fuese presentado, con el gobierno ignorando los plazos de los procedimientos y las solicitudes para la producción de documentos, el caso se estancó y nunca se decidió el fondo.
En junio de 2006, el Programa IPLP asistió al Sarstoon-Temash Institute for Indigenous Management (SATIIM) con la presentación de un amparo ante la Corte Suprema de Belice, con el fin de parar la exploración petrolera dentro del parque nacional Sarstoon-Temash, situado dentro del territorio maya en el distrito Toledo de Belice. El interdicto fue concedido y la Corte dictó sentencia, en septiembre 2006, a favor de SATIIM con base en un argumento técnico. La Corte resolvió que el permiso emitido por el gobierno para hacer inspecciones sísmicas dentro del parque nacional era ilegal porque la compañía no llevó a cabo una asesoría del impacto medioambiental. SATIIM no presentó argumento alguno sobre el título basado en derechos indígenas, asumiendo que el gobierno controlaba la tierra dentro del parque nacional. Sin embargo, la Corte reconoció que los mayas son los pueblos originarios en Belice, y parecía invitar a una demanda futura de derechos a la tierra de los mayas.
Comisión Inter-Americana de Derechos Humanos
Toda vez que el litigio inicial domestico no solucionó los problemas de los pueblos maya, las comunidades presentaron, en agosto de 1998, una petición ante la Comisión Inter-Americana de Derechos Humanos, la cual resultó en una decisión favorable e innovadora por parte del cuerpo principal que monitorea los derechos humanos en el hemisferio occidental.
La petición pedía que la Comisión use los poderes que le corresponden de conformidad con la Carta de la Organización de los Estados Americanos para intervenir en el asunto y mediar una resolución de la disputa, o declarar que Belice está en violación del derecho internacional relevante.
Trabajando con el Indian Law Resource Center y abogados locales en Belice, el profesor Anaya se encargó de redactar la petición y todas las demás comunicaciones con la Comisión durante los procedimientos. Estudiantes y personal del Programa IPLP trabajaron con el profesor Anaya en el caso ante la Comisión Inter-Americana, un esfuerzo que incluyó el desarrollo de una estrategia legal, investigaciones, consultaciones con líderes maya y audiencias ante la Comisión.
En 2001, la Comisión llevó a cabo una visita in loco a las comunidades mayas de Belice y, expresando sus preocupaciones sobre la situación de estas comunidades, reinició los esfuerzos anteriores de mediar una solución negociada a los asuntos de tierra y recursos naturales. Después de que fallaran las mediaciones, la Comisión dio el informe preliminar del caso en 2003 y su informe del fondo en 2004.
El informe del fondo en el caso de las Comunidades Indígenas Mayas del Distrito Toledo, Belice no tiene precedente en su afirmación de los derechos humanos de los pueblos indígenas bajo el derecho internacional en relación con sus tierras y recursos naturales. Desarrollando la jurisprudencia de la Corte Inter-Americana de Derechos Humanos en el caso AWAS TINGNI, la Comisión Inter-Americana decidió que los pueblos indígenas tienen derechos colectivos de propiedad sobre sus tierras y recursos, a pesar de que estos derechos no sean reconocidos bajo el derecho doméstico. La Comisión confirmó que el derecho internacional requiere que el gobierno de Belice demarque las fronteras de las tierras que ocupen y usen los mayas, y que reconozca y proteja legalmente los derechos comunales a la propiedad de los pueblos mayas.
Además, la Comisión encontró que el gobierno tiene que consultar con las comunidades mayas y obtener su acuerdo antes de tomar cualquier acción que afecte sus tierras tradicionales. Según la Comisión, por no proteger las tierras y recursos naturales mayas y no obtener el acuerdo de las comunidades mayas para las concesiones y otras actividades en sus tierras tradicionales, el gobierno violó las provisiones de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. La Comisión también estableció que el gobierno violó los derechos de los mayas a la protección judicial, en razón de la omisión por parte del sistema legal domestico de impedir las injusticias cometidas contra los mayas.
El gobierno de Belice ha sido lento en responder a los intentos de las comunidades mayas de solicitar el cumplimiento a las recomendaciones de la Comisión Inter-Americana. Los mayas, con el apoyo del Programa IPLP, han intentado negociar con el gobierno, y estas negociaciones algunas veces han resultado en avances modestos. En octubre de 2000, los líderes mayas y el gobierno firmaron los Diez puntos de acuerdo, en los cuales el gobierno reconoció los derechos mayas sobre sus tierras y recursos tradicionales, en términos generales. y se comprometió a avanzar una serie de iniciativas para efectuar este reconocimiento - compromiso aún incumplido -.
Esfuerzos ante las Naciones Unidas
A falta de cualquier acción positiva para implementar las recomendaciones de la Comisión Inter-Americana y por la amenaza continua a la tenencia de tierra consuetudinaria maya, el Programa IPLP sometió una apelación urgente al Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas, en representación de la Alianza de Líderes Maya (Maya Leaders Alliance).
La comunicación, sometida en enero de 2006, solicita el apoyo del Relator Especial para enfocar la atención internacional en las pasadas y actuales violaciones de derechos humanos a los pueblos mayas por parte del Estado de Belice y la omisión por parte del gobierno de implementar las recomendaciones de la Comisión Inter-Americana para asegurar los derechos de las comunidades mayas sobre sus tierras tradicionales.
El Relator Especial respondió con cartas de alegación al gobierno de Belice en abril y noviembre de 2006 expresando su preocupación por las acciones del gobierno, incluyendo la explotación de recursos naturales; privatización de tierras comunales; y falta de demarcar, delimitar y titular las tierras mayas. La comunicación llamó al gobierno a cumplir con las recomendaciones de la Comisión Inter-Americana. Un resumen de las comunicaciones entre el gobierno de Belice, el Programa IPLP y el Relator Especial fue incluido en el reporte del Relator Especial al Consejo de Derechos Humanos en marzo de 2007.
El Programa IPLP, además, presentó una comunicación al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas en octubre de 2006, expresando preocupaciones similares a los comunicados del Relator Especial. Después de considerar la comunicación, en su sesión 70 en marzo de 2007, el Comité mando una comunicación al gobierno de Belice enfatizando la urgencia de la situación y la necesidad de atención inmediata. El Comité pidió al gobierno responder a un listado de preocupaciones y preguntas.
Fuente y más información con enlaces en el sitio Web de la Universidad de Arizona, Programa IPLP
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