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Perú: Informe anual sobre derechos humanos advierte tendencias autoritarias del gobierno

Como cada año la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) presentó ayer bsu informe anual sobre la situación de los Derechos Humanos en el Perú.

En esta oportunidad el informe lleva como título: "La HORA de la justicia" y contiene un capítulo especial sobre el megaproceso histórico que afronta el ex presidente y hoy procesado Alberto Fujimori por violaciones a los derechos humanos durante su gobierno.

El informe anual presentado en el Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú por el secretario ejecutivo de la CNDDHH, Ronald Gamarra Herrera revela las tendencias autoritarias del actual gobierno frente a las múltiples protestas producidas el 2007; la agudización y criminalización de los conflictos sociales, así como un significativo retroceso en los procesos de justicia y verdad.

Las tendencias autoritarias del Gobierno

La CNDDHH ve con mucha preocupación como el gobierno ha abandonado el diálogo, planteado inicialmente por la PCM, para dar paso a un discurso agresivo y confrontacional, apoyado en una serie de medidas cuyo fin es la criminalización de la protesta social.

Para tal fin, se han promulgado decretos que otorgan a los sancionadores facultades que exceden sus poderes, legislando sobre cuestiones de carácter penal general y planteando medidas respecto a conductas que no tienen relación con el crimen organizado, como la inhabilitación a los funcionarios públicos que apoyen las demandas laborales, o sanciones desproporcionadas para aquellos que participen en bloqueos de carreteras.

Esta legislación da pie a que muchos de los abusos que puedan realizar los efectivos policiales para menguar estas protestas sociales queden impunes.

La creciente agudización y criminalización de los conflictos sociales

Según la Defensoría del Pueblo, en el 2007 se han registrado 78 conflictos sociales. De estos, sólo un 33% (12 de ellos) han optado por el diálogo con las autoridades estatales.

Ante esta problemática, el gobierno ha mantenido una posición severa e intransigente, que favorece siempre a los grupos económicos en desmedro de las poblaciones agravadas.

No se acepta la constitucionalidad y legalidad de las iniciativas promovidas desde los gobiernos locales en las zonas afectadas para que estas poblaciones puedan ejercer el derecho a la consulta.

Tampoco se ha dado paso a las iniciativas de diversas organizaciones de la sociedad civil, organismos multilaterales e, incluso, de la empresas para que se establezca una Autoridad Autónoma Ambiental.

Retrocesos en el proceso de la Justicia y Verdad

En el curso del año existe un claro proceso de estancamiento en la judicialización de los casos presentados por la CVR.

El subsistema de derechos humanos ha sido desnaturalizado al asignarle casos que inicialmente no eran de su competencia y que no corresponden a violaciones de derechos humanos, como tráfico ilícito de drogas, secuestro y extorsión.

Preocupa la resistencia en el sistema de administración de justicia a aplicar la calificación de delitos de lesa humanidad a los crímenes cometidos en el periodo de violencia interna, permitiendo de ese modo que muchos delitos prescriban y persista la impunidad en dichos casos.

Con respecto a la Justicia Militar, es lamentable que el Poder Legislativo persista en el incumplimiento de las sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional en esta materia, y que el Fuero Militar mantenga carga procesal por casos de derechos humanos.

Por lo tanto, demandamos modificar los artículos inconstitucionales de la "Ley de Organización y Funciones del Fuero Miliar Policial" (Ley No 29182).

Recomendaciones

El informe anual contiene una serie de recomendaciones al Estado peruano a fin de garantizar los derechos fundamentales de todas y todos los peruanos:

  • La implementación de un Sistema Nacional de Testigos, Agraviados y Defensores, orientado a la protección de estos en los casos de graves violaciones a los derechos humanos.
  • La derogatoria del Decreto Legislativo Nº 982 (dirigido a criminalizar la protesta social).
  • Asegurar la protección de las y los defensores de derechos humanos (investigar la denuncia de interceptación telefónica de sus comunicaciones, así como las amenazas a su vida e integridad física).
  • La implementación de un Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura, autónomo e independiente, de acuerdo a lo establecido en el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
  • Asegurar la plena vigencia del principio de no discriminación, especialmente por medio de la lucha contra el racismo en las instituciones públicas y privadas, el respeto a los derechos de las personas con diferente orientación sexual y la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres.
  • Que se incrementen los recursos al servicio de la implementación de políticas sociales.
  • La aplicación de consultas previas, oportunas, libres e informadas para prevenir y encarar las situaciones de conflictividad y violaciones a los derechos económicos, sociales y culturales derivadas de actividades de extracción minera y/o explotación de otros recursos naturales.
  • La ampliación y mejora de la calidad de los servicios de educación, salud, agua, saneamiento y electricidad, y la lucha contra la desnutrición, la deserción escolar y el trabajo infantil en zonas urbanas y rurales.
  • La urgente implementación del Plan Nacional de Derechos Humanos 2006-2010, a nivel nacional y regional.
  • La urgente derogatoria de la Ley Nº 29182 (Ley de Justicia Militar) por contrariar la Constitución peruana y los mandatos emitidos al respecto por el Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
  • La regulación de los delitos de genocidio, de lesa humanidad y contra el derecho internacional humanitario en la legislación penal nacional, en concordancia con el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y otros instrumentos internacionales de derechos humanos y el derecho internacional humanitario.
  • La regulación constitucional de la figura jurídica de los estados de emergencia y la modificación de la Ley Nº 29166 que presume como delito de función (y, por tanto, sujeto a la jurisdicción del Fuero Militar) cualquier acción del personal militar, incluyendo el uso de armas de fuego, en el ámbito de la seguridad interna.
  • La plena colaboración del Ministerio de Defensa en lo concerniente a la elaboración del Registro Único de Víctimas (transferencia de registros preexistentes de las víctimas de las fuerzas del orden), así como el traslado al Fuero Civil de los casos de violaciones a derechos humanos.
  • Agilizar los casos entregados por la Comisión de la Verdad y Reconciliación al Ministerio Público para su judicialización, revirtiendo el hecho inaceptable de que casi la mitad de ellos se encuentran aún, cinco años después del Informe de la CVR, en proceso de investigación preliminar.
  • Ejecutar las reparaciones colectivas en las zonas más afectadas por la violencia, siguiendo las pautas elaboradas por el Consejo de Reparaciones, así como la implementación de los programas de reparación individual.
  • Iniciar el Plan Nacional de Antropología Forense para la investigación de cerca de 4 mil sitios de entierro clandestino detectados por la CVR.

Lima, 16 de junio de 2008

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