
Servindi, 14 de noviembre, 2020.- La Corte Suprema de Justicia de Panamá avaló la creación de la comarca indígena Naso Tjër Di, que había sido observada por el Poder Ejecutivo de este país.
El 12 de noviembre, el Poder Judicial publicó la decisión de la Corte, que reitera que las comarcas indígenas son parte de la herencia histórica de la nación panameña.
La discusión se basó en la observación del Ejecutivo respecto de los artículos 1 y 8 del Proyecto de Ley N.° 656, que crea la comarca Naso Tjër Di.
El órgano judicial mencionó que ello contraviene a la Constitución, en el que se refiere que es deber del Estado proteger el medioambiente y las propiedades colectivas.
“La población indígena ha preservado el medioambiente en los lugares en que se han establecido, esto debido a que son portadores de un conocimiento milenario”, menciona la Corte.
Razón por la cual, se ha determinado constitucionalmente la obligatoriedad del Estado de garantizar a las comunidades indígenas la reserva de las tierras necesarias y la propiedad colectiva de las mismas.
Esto a fin de que logren su bienestar, pues “debe señalarse que el pueblo Naso Tjër Di es considerado uno de los siete pueblos indígenas que ancestralmente han habitado nuestra República”.
De esta manera, se procura el aseguramiento del derecho que poseen los grupos indígenas, debidamente identificados como tal, a acceder a las tierras que han ocupado a lo largo de su historia.
Tal reconocimiento garantiza la preservación de sus tradiciones, organizaciones, autoridades y cultura, situación que a su vez propicia el resguardo de la importante herencia histórica de la nación de Panamá.
Fuente: La Prensa (Panamá)
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La CIDH decidió que el Estado cumpla totalmente con los acuerdos que suscribió con esta comunidad en el 2009, entre ellas otorgar 219 hectáreas de tierras ancestrales. pic.twitter.com/MBInaBosR6
— Servindi (@Servindi) October 28, 2020
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