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Leyes reconocen a comunidades y rondas campesinas como pueblos indígenas

Servindi, 6 de octubre de 2014.- ¿A quiénes se aplica los derechos de pueblos indígenas? ¿Se deben aplicar solo en la Amazonía, como señalan algunos "expertos"? Compartimos a continuación declaraciones al respecto de la reconocida especialista en derecho indígena Raquel Yrigoyen Fajardo.

Ella es miembro del Instituto Internacional de Derecho y Sociedad - IIDS / IILS, docente de la Pontificia Universidad Católica del Perú - PUCP, además de consultora en pluralismo y derechos indígenas.

El video forma parte de una serie que lleva por denominación “ABC de los derechos indígenas”.

Yrigoyen explica de forma didáctica el marco jurídico que determina a quiénes se les aplica los derechos de pueblos indígenas. Incluye así, y para ello se basa en numerosas fuentes, a las comunidades y rondas campesinas de Cajamarca y Lambayeque.

La experta recuerda que los pueblos indígenas son aquellos que descienden de pueblos que estaban antes del Estado y que actualmente conservan instituciones propias.

Tras hacer un repaso de las denominaciones que han ido teniendo a largo de los siglos y de su situación jurídica cambiante, Yrigoyen precisa que fue el propio Estado el que cambió el nombre de "comunidades indígenas" a "campesinas".

En ese sentido, explica que ahora el Estado no puede alegar acto propio para desconocer derechos indígenas a quienes por ley cambió el nombre a campesinos.

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