Saúl Puerta Peña, dirigente de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), denunció ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la errática política del gobierno que niega la existencia de los pueblos en aislamiento voluntario, pese a las innumerables investigaciones que demuestran lo contrario.
El dirigente acudió el 24 de octubre a la sede de la CIDH en Washington, EEUU, gracias a una invitación de esta institución, e informó sobre la inacción del gobierno frente a la tala ilegal de madera y la superposición de lotes para explorar y explotar hidrocarburos en zonas de reserva territorial.
El representante del pueblo Awajún detalló sobre el reciente escándalo de corrupción en la entrega de lotes petroleros a la empresa noruega Discovery Petroleum en la selva peruana y, citó que en las computadoras del implicado Rómulo León Alegría se negociaban los lotes de la zona Nahua - Kugapakori en el Cusco.
"Este hecho ha pasado inadvertido y demandamos públicamente la investigación de este negociado pues se ha violado la Reserva Kugapakori, Nahua, Nanti declarada por Decreto Supremo 028-2003 del Ministerio de Agricultura y que protege más de 456 mil hectáreas para pueblos en aislamiento" afirmó Puerta.
"Hoy descubrimos que justo antes del destape de los audios, los funcionarios del ministerio de Energía y Minas, Petroperú y Perúpetro negociaban las concesiones de estas tierras donde habitan hermanos en aislamiento voluntario de los grupos étnicos Kugapakori, Nahua y Nanti" prosiguió Saúl.
"El ministro Brack dijo a todos los medios que el gobierno defiende los territorios amazónicos. Ahora debe pronunciarse pues funcionarios de su propio gobierno estaban gestionando la entrega de estas tierras en medio de corruptelas" dijo Puerta Peña.
El dirigente amazónico manifestó a la CIDH que los pueblos en aislamiento sí existen y se encuentran en grave amenaza a sus vidas por actividades de hidrocarburos e infraestructura, así como por la invasión de colonos y madereros ilegales.
"La protección de dichos grupos exige que el Estado los reconozca y se les respete reservas territoriales inatngibles" expresó.
"La actual ley sobre los pueblos indígenas en aislamiento voluntario es insuficiente pues en la práctica el Estado los desconoce, sigue concesionando lotes de hidrocarburos y no adopta medidas de protección" concluyó.
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Intervención de Saúl Puerta Peña en la CIDH
Washington D.C. 24 de octubre 2008.- Señores representantes de la CIDH- Les saludo a nombre de la Asociación Interéntica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), organización que representa a los pueblos amazónicos del Perú para decir lo siguiente:
1. Los Aislados SI Existen y se encuentran en grave amenaza en sus vidas por actividades de hidrocarburos, de infraestructura, así como por la invasión de colonos y madereros ilegales. La evidencia que se ha presentado demuestra estos hechos, incluyendo los testimonios recientes, las propias actuaciones del Estado, y los informes antropológicos. La protección de la vida e integridad personal de los indígenas en aislamiento exige su reconocimiento, la creación de reservas territoriales, y su intangibilidad para asegurar su efectiva protección.
2. La Ley PIAV es insuficiente puesto que: (a) el Estado no reconoce a los aislados y no crea las reservas territoriales; (b) La Ley no garantiza la intangibilidad de las reservas territoriales; (c) no hay participación indígena en la Comisión Multi-sectorial; y (d) no se toman las medidas de protección que contempla el Reglamento de la ley durante la tramitación del proceso de creación de reservas.
3. Los Planes de Contingencia constituyen, en sus efectos, un instrumento de limpieza étnica. Además, revelan la contradicción del Estado de negar la existencia de los aislados, por una parte, y de exigir un plan de contingencia en caso de contacto, por la otra. Por último, las medidas contempladas en los Planes de Contingencia son insuficientes para asegurar la vida e integridad personal de los aislados.
4. La Institucionalidad relativa a hidrocarburos es sumamente débil. INDEPA no tiene presupuesto para realizar sus funciones, y sólo 2 personas se encuentran a cargo del programa sobre indígenas aislados. Además, la corrupción en la asignación de lotes lleva a ignorar los derechos indígenas.
5. Los aislados, en virtud de su sola existencia, tienen derechos sobre sus territorios que el Estado ha vulnerado al otorgar concesiones de hidrocarburos y al no proteger adecuadamente sus derechos frente a las actividades ilegales de terceros. Entre estos derechos se encuentra el derecho al consentimiento previo, libre e informado.
6. El Estado ha incumplido las medidas cautelares en Madre de Dios. Por ejemplo, no ha habido adecuado apoyo a los puestos de monitoreo, así como falta de sanciones efectivas a los madereros ilegales que invaden las reservas territoriales.
7. La realización de la sísmica en el caso Cacataibo demuestra que los indígenas aislados fueron puestos en peligro; que no existen mecanismos de supervisión y reporte; que la empresa maneja la información y no hay acceso a la misma. Asimismo confirma las falencias de la normativa y la institucionalidad que no protege a los indígenas. Por último, la realización de la sísmica ha abierto vías de entrada al territorio de los Cacataibo en aislamiento para colonos y madereros ilegales, generando una situación de vulnerabilidad.
Peticiones concretas
La CIDH, para promover y asegurar la vida e integridad personal de los indígenas en aislamiento, así como sus derechos, debe indicar medidas cautelares urgentes, y mantener las ya indicadas, solicitando que el Estado:
1. Reconozca a los indígenas en aislamiento y crear las reservas territoriales sin más dilación. En particular, el Estado debe incorporar la participación indígena en los procesos administrativos e instalar la Comisión Multi-sectorial.
2. Asegure la protección efectiva de las reservas territoriales ya creadas, incluyendo apoyo estatal suficiente a puestos de monitoreo y sanciones efectivas a la tala ilegal.
3. Modifique la Ley PIAV para asegurar la intangibilidad. Al efecto, el Estado debe elaborar un cronograma de un proceso inclusivo para la reforma.
4. Suspenda las actividades de exploración y extracción de recursos naturales en los territorios de los indígenas en aislamiento.
En cumplimiento de su mandato, la CIDH podría realizar las siguientes actividades:
1. Una visita in loco a Perú. Al efecto, el Estado debiera invitar a la CIDH.
2. Monitorear el proceso de reformas a la Ley PIAV.
3. Invitar a los participantes a informar a la Comisión y a una nueva audiencia en su próximo período de sesiones para evaluar avances en la protección de los derechos de los indígenas en aislamiento.
4. Conceder una audiencia regional para tratar la problemática asociadas a los indígenas en aislamiento en la Amazonía.
Gracias,
Saúl Puerta Peña, Vocal de AIDESEP.