Continuando con nuestra difusión de las recomendaciones adoptadas por el VII Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas entregamos las recomendaciones relativas al tema especial de la agenda: El cambio climático, la diversidad biocultural y los medios de vida: función de custodia que ejercen los pueblos indígenas y nuevos retos.
Reiteramos nuestro agradecimiento al Centro de Documentación, Investigación e Información de los Pueblos Indígenas (DOCIP), que contiene esta y otras importantes informaciones en su sitio web.
Por otro lado, consideramos oportuno mencionar que el último día de la sesión una intervención a nombre del Caucus de Abya Yala dejó constancia de su discrepancia con los puntos 5 y 37 de las recomendaciones del Foro referidas a los Mecanismos de Desarrollo Limpio (MDL) y la Reducción de Emisiones por Deforestación en Países de Desarrollo (REDD). Usted puede acceder al texto de esta intervención con un cliq al siguiente enlace:
- Intervención Caucus de Abya Yala del 2 mayo 2008 (pdf, 2 páginas)
Recomendaciones relativas al tema especial, El cambio climático, la diversidad biocultural y los medios de vida: función de custodia que ejercen los pueblos indígenas y nuevos retos
1. Los pueblos indígenas, gracias a su experiencia como garantes de la custodia de la diversidad biológica y cultural del mundo y de los medios de vida y los conocimientos ecológicos tradicionales, pueden aportar una colaboración significativa al diseño y la aplicación de medidas de mitigación y adaptación más apropiadas y sostenibles. También pueden proporcionar asistencia para trazar el camino hacia el desarrollo de comunidades sostenibles con bajas emisiones de carbono.
2. Los antepasados de los pueblos indígenas se adaptaron a los cambios climáticos durante miles de años; no obstante, hoy en día, la magnitud, la aceleración y la complejidad sin precedentes de los efectos del cambio climático representan grandes retos para la capacidad de adaptación de los pueblos indígenas. Por otro lado, algunas de las medidas de mitigación adoptadas, que se han presentado como soluciones al cambio climático, también han afectado negativamente a los pueblos indígenas.
3. Las estrategias de mitigación y adaptación deben tener un carácter holístico y contemplar no sólo las dimensiones ecológicas del cambio climático, sino también sus efectos en la sociedad, los derechos humanos, la equidad y la justicia ambiental. Los pueblos indígenas, que tienen la huella ecológica más pequeña, no deberían tener que llevar la carga más pesada de la adaptación al cambio climático.
4. El Foro Permanente destaca la importancia de reconocer el cambio climático mundial y la necesidad de afrontarlo con urgencia y aplicar prácticas limpias, justas, sostenibles y basadas en la energía renovable en economías locales para resolver los problemas que enfrentan los pueblos indígenas.
5. El Foro Permanente señala que el mecanismo para un desarrollo limpio, el Marco de inversiones para la energía limpia, el Marco de Nairobi, el Programa de Trabajo de Nairobi y el Fondo para el Medio Ambiente Mundial son buenos ejemplos de las alianzas para movilizar fondos en apoyo de la adaptación que serán cada vez más importantes. Esos mecanismos deben responder a las necesidades de los pueblos indígenas e incluirlos como asociados en el diseño y ejecución de programas que respondan a los problemas locales y a los objetivos y planteamientos de las mujeres y los hombres indígenas.
6. Los científicos, los encargados de la formulación de políticas y la comunidad internacional en conjunto deben emprender consultas periódicas con los pueblos indígenas de forma que sus estudios y decisiones sean informados por los conocimientos y experiencias tradicionales de los pueblos indígenas. El Foro Permanente puede tener un papel en la tarea de asegurar que los conocimientos tradicionales y las mejores prácticas de los pueblos indígenas que sean pertinentes para la lucha contra el cambio climático y sus consecuencias se tengan en cuenta en los procesos de negociación previos a la Conferencia de las Partes que se celebrará en Copenhague y más adelante, en particular mediante sus contactos con la
secretaría de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.
7. Los principios de responsabilidades comunes pero diferenciadas, la equidad, la justicia social, el desarrollo sostenible y el desarrollo con respeto de la identidad deben seguir siendo los principios fundamentales en que se basen las negociaciones, las políticas y los programas relativos al cambio climático. El enfoque del desarrollo basado en los derechos humanos y el enfoque ecosistémico deben guiar el diseño y la aplicación de políticas y proyectos sobre el cambio climático a nivel local, nacional, regional y mundial. También debe garantizarse el papel crucial de las mujeres y los jóvenes indígenas en la formulación de medidas de mitigación y adaptación.
8. El Foro Permanente recomienda a la comunidad internacional que adopte medidas serias para mitigar el cambio climático. La supervivencia de las formas de vida tradicionales de los pueblos indígenas depende en gran medida del éxito de las negociaciones internacionales encaminadas a establecer acuerdos sólidos que puedan hacerse cumplir y que sean realmente eficaces para luchar contra el cambio climático. El Foro Permanente acepta el argumento fundamental del Informe Stern de que la adopción de medidas firmes e inmediatas para limitar las emisiones de gases de efecto invernadero sería menos costosa que tratar de adaptarse a los cambios generalizados que el cambio climático causará en el futuro si no se le pone freno.
9. El Foro Permanente toma nota de los siguientes informes y declaraciones:
a) Informe de la Conferencia sobre los Pueblos Indígenas y el Cambio Climático organizada por el Grupo Internacional de Trabajo sobre Asuntos Indígenas, que se celebró en Copenhague los días 21 y 22 de febrero de 2008;
b) Informe de la Reunión Preparatoria Regional de América del Norte para el séptimo período de sesiones del Foro Permanente organizada por la First Nations Summit, que se celebró en Vancouver (Canadá) los días 22 y 23 de febrero de 2008;
c) Declaración de la Reunión Preparatoria Regional de América Latina para el séptimo período de sesiones del Foro Permanente organizada por el Fondo Indígena, que se celebró en La Paz el 17 de marzo de 2008;
d) Declaración sobre el cambio climático de la Reunión Preparatoria Regional de América Latina para el séptimo período de sesiones del Foro Permanente organizada por el Grupo Internacional de Trabajo sobre Asuntos Indígenas y el Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social, que se celebró en Santa Cruz (Bolivia) los días 3 y 4 de abril de 2008.
10. El Foro Permanente acoge favorablemente el informe de la reunión internacional de expertos de las Naciones Unidas sobre los pueblos indígenas y el cambio climático organizada por la Universidad de las Naciones Unidas, la secretaría del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas y la North Australian Indigenous Land and Sea Management Alliance, que se celebró en Darwin (Australia) en abril de 2008.
11. El Foro Permanente acoge con agrado la próxima celebración de la cumbre mundial sobre los pueblos indígenas y el cambio climático que está organizando el Consejo Circumpolar Inuit con la asistencia de otras organizaciones de pueblos indígenas.
12. El Foro Permanente expresa su agradecimiento a los relatores especiales, Victoria Tauli-Corpuz y Aqqaluuk Lynge, por su informe sobre las consecuencias de las medidas encaminadas a mitigar el cambio climático para los pueblos indígenas y sus territorios y tierras (E/C.19/2008/10) y hace suyas las recomendaciones que figuran en dicho informe (párrs. 68 a 90).
13. Las siguientes recomendaciones deben aplicarse de conformidad con los principios y normas establecidos en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, en especial con arreglo al artículo 19 (principio del consentimiento libre, previo e informado), el artículo 29 (derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras o territorios y recursos), el artículo 31 (derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas, comprendidos los recursos humanos y genéticos, las semillas, las medicinas, el conocimiento de las propiedades de la fauna y la flora, las tradiciones orales, las literaturas, los diseños, los deportes y juegos tradicionales, y las artes visuales e interpretativas) y el artículo 32 (derecho a determinar y elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos).
Recomendaciones
Recomendaciones generales
14. El Foro Permanente recomienda que, en las regiones del Ártico y del Amazonas, que sirven de indicadores del cambio climático para el resto del mundo, los Estados Miembros colaboren estrechamente con los pueblos indígenas. En las deliberaciones y negociaciones sobre el cambio climático debe respetarse el derecho de los pueblos indígenas a cultivar y desarrollar sus conocimientos tradicionales y sus tecnologías ambientalmente benignas.
En el caso de los pueblos indígenas que viven en condiciones de aislamiento voluntario y que habitan las zonas de mayor diversidad biológica del Amazonas, debe hacerse hincapié en el respeto del requisito básico de obtener su consentimiento previo, libre e informado para cualquier intervención externa.
15. La Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas debe servir de clave y marco obligatorio para la formulación de planes de desarrollo y debe ser considerada elemento fundamental en todos los procesos relacionados con el cambio climático a nivel local, nacional, regional y mundial.
Las políticas de salvaguardia de los bancos multilaterales y las políticas actuales y futuras sobre los pueblos indígenas de los órganos de las Naciones Unidas y de otros órganos multilaterales deben aplicarse en todos los proyectos y programas relacionados con el cambio climático.
16. El Foro Permanente recomienda que los Estados, los organismos, órganos y fondos de las Naciones Unidas, otros órganos multilaterales e instituciones financieras y otros donantes presten apoyo técnico y financiero para proteger y fomentar la gestión de los recursos naturales por los pueblos indígenas, las tecnologías ambientalmente benignas, la diversidad biológica y la diversidad cultural y los medios de vida tradicionales y de bajo carbono de los pueblos indígenas (pastoralismo, agricultura rotativa o itinerante, caza y recolección y caza con trampas, pesca marina y costera, agricultura de alta montaña, etc.).
El Foro recomienda además que las conversaciones y negociaciones sobre el fortalecimiento de los vínculos entre el cambio climático, la diversidad biológica y la diversidad cultural con arreglo al Convenio sobre la Diversidad Biológica y la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático aseguren la participación efectiva de los pueblos indígenas.
17. El Foro Permanente recomienda que el Instituto de Estudios Avanzados de la Universidad de las Naciones Unidas, los centros de investigación universitarios y los organismos competentes de las Naciones Unidas hagan nuevos estudios sobre los efectos del cambio climático y las respuestas al cambio climático en los pueblos indígenas que viven en ecosistemas muy frágiles, como las zonas costeras bajas y los pequeños Estados insulares, las tierras semiáridas y áridas y las tierras secas y subhúmedas (praderas), las selvas tropicales y subtropicales, y las zonas de alta montaña.
18. El Foro Permanente recomienda que los Estados que todavía no lo hayan hecho asignen al ambiente un perfil más importante en las iniciativas de planificación estratégica a nivel nacional, y particularmente en las iniciativas de gobierno electrónico, de manera que el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) para el ambiente se integre en los procesos de planificación desde el principio, junto con otras prioridades e iniciativas nacionales (eliminación del equipo de TIC).
19. El Foro decide nombrar a la Sra. Victoria Tauli-Corpuz y el Sr. Lars Anders- Baer, miembros del Foro Permanente, relatores especiales para que preparen un informe sobre diversos modelos y mejores prácticas para las medidas de mitigación y adaptación tomadas por los pueblos indígenas de diversas partes del mundo. El Foro también pide que estos relatores especiales, en colaboración con los pueblos indígenas, preparen también un proyecto de declaración de acción sobre el cambio climático y los pueblos indígenas, que puede incluir una hoja de ruta para los pueblos indígenas en la preparación de la Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático que se celebrará en Copenhague en 2009 y actividades ulteriores. Estos documentos se presentarán en el octavo período de sesiones del Foro.
20. El Foro Permanente pide que el Consejo Económico y Social y la Asamblea General, junto con los demás órganos y organismos de las Naciones Unidas, tomen medidas urgentes, serias y sin precedentes, reconociendo que el cambio climático es una amenaza urgente e inmediata para los derechos humanos, la salud, el desarrollo sostenible, la soberanía alimentaria y la paz y la seguridad, y exhorta a todos los países a alcanzar los niveles más altos y más estrictos de reducción de los gases de invernadero.
21. El Foro Permanente insta a los Estados que son las principales fuentes de contaminación y de emisiones de gases de invernadero a que reconozcan su responsabilidad aplicando y sosteniendo reglamentos sobre contaminación mundial más estrictos que sean aplicables a las partes contaminantes.
22. El Foro Permanente recomienda que los Estados elaboren mecanismos mediante los cuales puedan vigilar y notificar los efectos del cambio climático en los pueblos indígenas, teniendo en cuenta sus limitaciones socioeconómicas y también el apego espiritual y cultural a tierras y aguas.
23. El Foro Permanente pide a los Estados que apliquen la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas y principios de sostenibilidad y que pidan a las empresas transnacionales que respeten esas normas.
Esto vale especialmente para los Estados muy industrializados y las empresas transnacionales que tienen actividades de desarrollo en esos Estados.
24. El Foro Permanente pide a todos los organismos y Estados de las Naciones Unidas que apoyen la recuperación de prácticas y leyes tradicionales conducentes a soluciones mundiales para el cambio climático.
25. El Foro Permanente recomienda que la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios y otros organismos competentes de las Naciones Unidas desarrollen y aumenten la preparación para desastres naturales y las estrategias de mitigación de dichos desastres haciendo participar a los pueblos indígenas en la elaboración y ejecución de esas estrategias.
26. El Foro Permanente recomienda que la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos promueva la elaboración de un informe sobre los efectos del cambio climático y los pueblos indígenas por el relator especial sobre la situación de los derechos humanos y libertades fundamentales de los pueblos indígenas.
Participación
27. El Foro Permanente recomienda que la Convención Marco y las partes competentes elaboren mecanismos para la participación de los pueblos indígenas, según corresponda, en todos los aspectos del diálogo internacional sobre el cambio climático, particularmente las negociaciones que se celebrarán pronto para el próximo período de compromisos del Protocolo de Kyoto, incluido el establecimiento de un grupo de trabajo sobre medidas locales de adaptación y conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas.
El Foro Permanente alienta el diálogo y la cooperación entre los pueblos indígenas, particularmente las mujeres y los jóvenes indígenas, los Estados, las organizaciones y los donantes para la conservación y el desarrollo a fin de fortalecer la participación de los pueblos indígenas en el diálogo sobre el cambio climático.
28. El Foro Permanente pide a los Estados que aseguren que los pueblos indígenas que están tomando medidas de mitigación propias reciban apoyo en la elaboración de políticas, asistencia técnica, financiación y ayuda para el desarrollo de capacidad para que profundicen sus conocimientos sobre el cambio climático y puedan aplicar estrategias de mitigación y adaptación más eficaces. Los pueblos indígenas deben sacar provecho de los servicios ambientales derivados de sus territorios y recursos.
Los procesos y mecanismos para la valuación de estos servicios ambientales y los métodos que les permitan obtener beneficios suficientes deben elaborarse en colaboración con ellos. También deben apoyarse los esfuerzos encaminados a crear mejor documentación de las buenas prácticas de mitigación y adaptación y a reproducir y ampliar estas prácticas.
29. El Foro Permanente apoya las colaboraciones entre grupos indígenas y organizaciones de conservación que reúnen a los poseedores de conocimientos tradicionales y a los poseedores de conocimientos científicos para añadir el acervo de conocimientos actuales e históricos de los pueblos indígenas al análisis de los efectos del cambio climático y a las soluciones de mitigación y estrategias de adaptación, reconociendo y respetando la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas y lo dispuesto en el apartado j) del artículo 8 del Convenio sobre la Diversidad Biológica.
30. El Foro Permanente recomienda que los donantes y los organismos de las Naciones Unidas den más apoyo a los pueblos indígenas de África, cuando corresponda, para promover, reconocer, proteger y aumentar los conocimientos tradicionales indígenas.
31. El Foro Permanente pide al Grupo Intergubernamental sobre el Cambio Climático que haga una evaluación específica de las oportunidades y peligros para los pueblos indígenas que resultan de las diversas estrategias sobre emisiones de gases de invernadero hoy establecidas y de las que posiblemente entren en funcionamiento para mitigar los efectos del cambio climático, y pide que dicha evaluación se haga con la participación plena y efectiva de los pueblos indígenas de todo el mundo.
32. El Foro Permanente insta a los académicos y científicos indígenas y a los poseedores indígenas de conocimientos tradicionales a que organicen procesos propios para consolidar sus conocimientos y experiencias en la ciencia del cambio climático en un informe que pueda aportar contribuciones al Grupo Intergubernamental sobre el Cambio Climático, a la secretaría de la Convención Marco y al Foro Permanente.
Adaptación y mitigación
33. El Foro Permanente recomienda que la secretaría de la Convención Marco, en cooperación con los Estados, aporte fondos de adaptación a los pueblos indígenas afectados por desastres relacionados con el cambio climático. Los pueblos indígenas cuyas tierras ya han desaparecido o se han vuelto inhabitables o han sido estropeadas por elevación del nivel del mar, inundaciones, sequías o erosión, y que son ahora refugiados o desplazados ambientales, deben ser trasladados a lugares adecuados con el apoyo de la comunidad internacional.
34. El Foro Permanente recomienda que, siguiendo el ejemplo de los pueblos indígenas, que han sido custodios de la tierra y el mar durante milenios, cuando asignan financiación para investigación y desarrollo y establecen criterios para proyectos basados en el mecanismo para un desarrollo limpio, los elaboradores de políticas a nivel estatal y multilateral miren más allá de la simple cuestión de si una forma determinada de energía alternativa o una técnica de absorción del carbono puede reducir a corto plazo los gases de invernadero. Los elaboradores de políticas deben considerar la sostenibilidad a largo plazo de toda política de mitigación que adopten.
35. El Foro Permanente pide a todos los Estados que todavía no lo hayan hecho que apliquen el Protocolo de Kyoto de 2005, la Convención Marco y otras iniciativas internacionales para hacer frente al cambio climático y asegurar la diversidad biológica y cultural en colaboración con los pueblos indígenas, incluidas las mujeres indígenas, en forma plena y efectiva. Los países incluidos en el Anexo I deben cumplir los compromisos contraídos en el Protocolo de Kyoto haciendo todo lo posible por modificar su sistema económico y convertirlo en un sistema de bajo carbono en vez de recurrir principalmente a la compra de créditos de emisión para compensar sus emisiones. Los países en desarrollo en rápida industrialización también deben hacer un esfuerzo serio de reducir sus emisiones y crear sistemas energéticos de bajo carbono.
36. El Foro Permanente recomienda que los Estados, el Banco Mundial y otras instituciones financieras multilaterales y bilaterales consideren otros medios que la perpetuación de los sistemas energéticos muy centralizados basados en los combustibles fósiles y los sistemas bioenergéticos e hidroeléctricos de gran escala y aumenten el apoyo a los sistemas descentralizados de bajo carbono basados en energías renovables, teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión Mundial de Represas. Los Estados deben abandonar las redes eléctricas centralizadas antiguas, que no son adecuadas para los problemas que plantea el cambio climático.
37. El Foro Permanente recomienda que el Banco Mundial y otros órganos competentes apliquen las recomendaciones y propuestas resultantes de las consultas de los pueblos indígenas y el Banco Mundial sobre el Servicio de asociación para el carbono forestal y otros fondos para el carbono, como el Fondo para el Biocarbono. Los pueblos indígenas deben participar efectivamente en el diseño, la ejecución y la evaluación del Servicio de asociación para el carbono forestal. Deben evitarse a toda costa el desplazamiento y la exclusión de los pueblos indígenas de sus selvas, que podrían resultar de los proyectos financiados por el Servicio de asociación. Los pueblos indígenas o sus representantes deben tener voz y voto en el órgano de adopción de decisiones del Servicio de asociación y de otros fondos relacionados con el cambio climático que los afecten. En el caso de los que deciden no participar en la reducción de las emisiones resultantes de la deforestación y la degradación o en los proyectos apoyados por el Servicio de asociación, su decisión debe ser respetada.
38. El Foro Permanente insta al mecanismo de expertos sobre los pueblos indígenas del Consejo de Derechos Humanos a determinar si las políticas y proyectos sobre el cambio climático establecidos o propuestos se ajustan a las normas establecidas por la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. Estos órganos, junto con los miembros del Grupo de Apoyo Interinstitucional sobre Cuestiones Indígenas, deben colaborar con los Estados, los órganos multilaterales, los donantes y los pueblos indígenas para asegurar efectivamente que la aplicación de la Declaración sea un elemento fundamental del diseño y la ejecución de las políticas y programas sobre el cambio climático.
39. El Foro Permanente reafirma la necesidad de que todos los actores respeten el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación sobre medidas de mitigación y adaptación en sus tierras y territorios.
40. El Foro pide a las organizaciones de pueblos indígenas, a los organismos de las Naciones Unidas y a las organizaciones no gubernamentales que elaboren materiales didácticos populares sobre el cambio climático y las medidas de mitigación y adaptación y desarrollen actividades de educación y capacitación a nivel local. El Foro también recomienda que se usen tecnologías de la información y las comunicaciones para difundir y aumentar la conciencia de las perspectivas y cuestiones de los pueblos indígenas en relación con el cambio climático.