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Condenan asesinato de comunicador radial

Randy Ordoñez. Foto: El Buho

Servindi, 28 de noviembre, 2016.- La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena el asesinato del comunicador Hernán Choquepata Ordóñez ocurrido el 20 de noviembre en la ciudad de Arequipa.

Conocido como "Randy Ordoñez" el comunicador fue golpeado y baleado por desconocidos mientras conducía el programa "Hablan los pueblos" en la estación La Ribereña ubicada en la localidad de Camaná.

No satisfechos con asesinar al comunicador los atacantes destruyeron los equipos de la emisora.

La Relatoría Especial de la CODH pide a las autoridades peruanas a actuar de manera pronta y oportuna para investigar, identificar y sancionar a los responsables, tanto materiales como intelectuales de la cobarde agresión.

Una de las características del programa de Choquepata Ordóñez era permitirle a la ciudadanía expresar denuncias y críticar a las autoridades de gobierno.

La Relatoría Especial expresa su profunda preocupación por este atentado contra la vida de un comunicador y por el hecho de que su muerte pueda estar vinculada al ejercicio de la profesión.

Por ello, insta a las autoridades peruanas a no descartar ninguna línea de investigación, incluyendo la relativa al ejercicio de la libertad de expresión, y poner en práctica todos los instrumentos con los que cuenta para identificar y sancionar a los responsables materiales e intelectuales.

También considera fundamental que se adopten medidas de reparación justas para los familiares de las víctimas.

Asimismo, considera esencial fortalecer la coordinación interinstitucional entre las autoridades de los distintos niveles del gobierno para implementar medidas de protección para garantizar el ejercicio del periodismo.

Reitera que los actos de violencia e intimidación contra periodistas, particularmente los asesinatos y ataques a la integridad personal, limitan la libertad de expresión y producen un efecto amedrentador sobre el libre flujo de información.

Cuando tales delitos quedan impunes, esto fomenta la reiteración de actos violentos similares y puede resultar en el silenciamiento y en la autocensura de los y las comunicadoras.

Principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH:

"[e]l asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada".

Dato:

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la CIDH con el fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.

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